¿Cuánto tiempo puedo pasar fuera del territorio español para solicitar la Nacionalidad Española por Residencia?
Solicitar la Nacionalidad es uno de los últimos pasos que se da en España como ciudadano extranjero. Por lo tanto, es muy importante estar bien asesorado para que nuestro expediente finalice con una resolución favorable.
Entre todos los requisitos que se deben cumplir para solicitar la Nacionalidad Española por Residencia, se encuentra el plazo que el solicitante ha residido de forma regular y continuada en territorio español. Debemos tener en cuenta que dependiendo de la Nacionalidad de origen o de una serie de circunstancias personales, el periodo de residencia necesario para solicitar la Nacionalidad es diferente. En concreto el plazo de residencia será:
A) 10 años de residencia en España: Este periodo de residencia es el que le van a exigir con carácter general a todos los extranjeros que soliciten la nacionalidad española por residencia.
B) 5 años de residencia en España: Aquellos extranjeros, residentes en España, que gocen de la condición de refugiados, podrán solicitar la Nacionalidad Española por Residencia en el plazo de 5 años.
C) 2 años de residencia en España: El periodo de residencia se ve reducido a dos años, para aquellos extranjeros residentes en España que sean nacionales de origen de un país iberoamericano (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Paraguay, República Dominicana, Uruguay y Venezuela), o nacional de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes.
D) 1 año de residencia en España: Por último, hay determinados extranjeros que podrán solicitar la Nacionalidad española habiendo residido en España solamente 1 año. Estas personas son las siguientes:
- Los Extranjeros nacidos en España.
- Extranjeros casados con un ciudadano o ciudadana de nacionalidad española.
- Los viudos o viudas de un ciudadano de nacionalidad española.
- Aquellos que no hayan ejercido la facultad de optar a la Nacionalidad española.
- Extranjeros que hayan estado sujetos a tutela, guarda o acogimiento de un español durante dos años.
- Los que hayan nacido fuera de España, y sean hijos de un ciudadano español de origen o sus abuelos sean españoles de origen.
No obstante, no basta con tener residencia legal en España para solicitar la Nacionalidad, sino que la residencia debe ser continuada. Por ello en este artículo nos queremos centrar en las salidas y el tiempo que ha pasado fuera de España el solicitante de Nacionalidad española para evitar problemas con el expediente.
RESIDENTE DE LARGA DURACIÓN:
Si el solicitante de la Nacionalidad es titular de una Residencia de larga duración, el Ministerio de Justicia no suele cuestionar mucho las salidas, ya que entiende que al disponer ya de una residencia legal permanente o de larga duración la continuidad se da por hecho. No obstante, si existe una salida de territorio español superior a 6 meses, la Nacionalidad puede ser denegada.
RESIDENTE TEMPORAL:
Si el solicitante es Residente temporal y se está beneficiando de algún plazo reducido para la solicitud de su nacionalidad, el tiempo máximo fuera de España no puede superar los tres meses en una única salida.
Es muy importante que antes de solicitar la Nacionalidad Española por Residencia, conozcas muy bien los requisitos que debes cumplir y en concreto que revises muy bien las salidas que has realizado fuera del territorio español ya que el hecho de ausentarte de España más de los plazos establecidos puede suponer una denegación de la Nacionalidad Española por Residencia.
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