¿SE PUEDE ENTRAR COMO TURISTA Y SOLICITAR LA TARJETA COMUNITARIA?
Muchos extranjeros tienen esta duda. Pues la Tarjeta Comunitaria es una de las vías más comunes para solicitar la residencia en España.
Como ya sabes, la Tarjeta Comunitaria es la autorización de residencia que se concede a los ciudadanos no Europeos que son familiares de un ciudadano nacional de un país miembro de la Unión Europea que reside en España. Siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la Ley.
FORMAS DE REALIZAR LA ENTRADA EN ESPAÑA PARA SOLICITAR LA TARJETA COMUNITARIA.
En este artículo nos vamos a centrar en la forma en la que el extranjero solicitante de la Tarjeta Comunitaria debe entrar en España.
Lo primero que debemos determinar es si al solicitante se les exige visado o no según, sea su nacionalidad de origen:
- En el caso de que necesiten visado para entrar a España, el familiar deberá acudir al Consulado español en el país de origen para solicitar el visado de régimen comunitario. Deberá presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos según el caso en concreto.
- Sino se requiere visado para entrar en España, el solicitante deberá portar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos para solicitar la Tarjeta Comunitario por si el funcionario se lo requiere en frontera.
En los dos casos anteriores, el familiar del ciudadano comunitario no efectuaría su entrada en España en calidad de turistas. Lo harían en su condición de familiares de ciudadanos de la Unión Europea. No obstante, es una practica bastante frecuente que los familiares de comunitarios que no necesitan visado para entrar en España, lleguen en calidad de turista. Una vez aquí, se empadronan y solicitan la Tarjeta Comunitaria.
La normativa española no exige ninguna forma determinada de efectuar la entrada en España para solicitar la Tarjeta Comunitaria. Por lo tanto, el familiar comunitario podrá entrar como turista y solicitar la Tarjeta una vez en España.
Sin embargo, en estos casos, es importante conocer las consecuencias en relación a la carta de invitación. Tenemos que tener en cuenta que la carta de invitación lleva implícita la obligación de retornar al país de origen. El hecho de no regresar al país de origen en plazo puede traer consecuencias tanto para el invitado como para el invitante. El incumplimiento de esta carta puede suponer sanciones cuya cuantía oscila entre los 500 y los 10.000 €. Por lo tanto, será necesario buscar otros medios que no generen responsabilidad.
Si necesitas asesoramiento especializado sobre esta materia, o cualquier tema de Extranjería o Nacionalidad, puedes contactarnos. Enviándonos un mail a valeroextranjeria@gmail.com o a través de nuestro formulario de contacto.