A partir del 1 de julio de 2015, todas las solicitudes de nacionalidad española deben solicitarse de manera telemática. Este proceso se realiza través de la plataforma digital o en los registros públicos.
Como sabéis, todos estos expedientes pueden ser consultados en la plataforma telemática “COMO VA LO MIO”. Esta plataforma muestra información del estado de la solicitud en un momento determinado.
Tenéis que tener en cuenta, que los expedientes del año 2019 y el 2018 pueden cambiar de fase en este orden. Sin embargo, los expedientes del 2015-2016 y 2017 pueden tardar más en cada fase y el orden puede ser diferente.
A continuación, detallamos cada fase de los expedientes y cuanto suelen durar en cada una. A día de hoy están resolviendo más rápido los expedientes del año 2018 y 2019. No existe un orden y criterio fijo que podamos tener en cuenta, solo podemos guiarnos por estas fases.
Primera Fase: “Abierto en Tramitación – pendiente solicitud de informes preceptivos oficiales” -3 meses a 1 año-
El Ministerio de Justicia solicita una serie de informes a distintos órganos para determinar si un extranjero tiene derecho a obtener la nacionalidad española.
La solicitud realizada al Ministerio del Interior tiene el fin de verificar si se tienen antecedentes policiales, si ha tenido residencia continuada, el historial de las tarjetas que ha tenido. También se pide un informe a Penados y Rebeldes para ver si hay antecedentes penales y un informe al CNI.
Además, el Instituto Cervantes facilita información en la que declara si el solicitante ha superado con éxito los exámenes CCSE y DELE A2.

Segunda Fase “Abierto- En Tramitación, Pendiente respuesta informes preceptivos oficiales solicitados” -3 meses a 1 año-
Una vez solicitados estos informes, el Ministerio espera que todos los organismos del Estado den respuesta a su requerimiento de información. Cuando un expediente tarda más de un año en este estado puede significar que el solicitante cuenta con antecedentes penales, policiales o tienen investigaciones abiertas con el CNI.

Tercera Fase en “Abierto En Tramitación – Calificación”– 1 semana a 3 meses-
Significa que estos expedientes están completos de informes y están en estudio, pendientes para resolver y ser notificados. O bien, nos pueden hacer un requerimiento en esta última fase. ¿Cuánto suele tardar?. Pues al principio del todo cuando vimos las primeras resoluciones solían tardar días o una semana en ser resuelto, actualmente no es así, suele tardar semanas o pasar el mes.
Por tanto, en la actualidad, la fase de calificación se asemeja a la fase de «en estudio» del antiguo proceso.
Fase opcional “Abierto-En Tramitación: requerido pendiente de recibir documentación requerida por la administración para completar el expediente”– 1 semana a 3 meses-
El expediente es requerido cuando falta algún tipo de documento. El requerimiento es realizado por la carpeta ciudadana y se descarga con el mismo certificado digital desde el cual se presento el expediente.
El requerimiento hay que contestarlo mediante la plataforma del Ministerio de Justicia, en el apartado del expediente de nacionalidad donde pone Añadir Documentos.

Cuarta Fase “Abierto-Concedido. Concedido pendiente de comprobación practica notificación”:
Es la última fase. En este momento finaliza la solicitud y ya tendrás la resolución para solicitar cita y hacer la jura.
La notificación está hecha. Hay que descargarla con el mismo Certificado Digital con el que se hizo la solicitud inicial.

Fase Opcional Resuelto “Abierto – Concedido, Concedido”
En esta fase nunca envían la resolución. La persona interesada debe enviar un escrito o una incidencia en el Ministerio de Justicia para que puedan enviar la notificación, y así poder hacer la jura.

Estos son datos meramente informativos y basados en nuestra mera experiencia, por lo que nuestros seguidores deben tener en cuenta que cada expediente es diferente. Los datos que mostramos no son datos oficiales del Ministerio de Justicia.
Si necesitas asesoramiento especializado sobre esta materia o quieres que llevemos a cabo la solicitud de tu Nacionalidad Española por Residencia, puedes contactarnos. Envíanos un mail a valeroextranjeria@gmail.com o contáctanos a través de nuestros formulario de contacto.