Las resoluciones de Extranjería tienen plenos efectos hasta la obtención de la Tarjeta de Identificación de Extranjeros.
Por todos es de sobra conocido el problema que existe con la obtención de cita para huella en las Oficinas de Extranjería. Por este motivo, la Secretaría de Inmigración ha decidido que las nuevas resoluciones especifiquen que tienen plenos efectos hasta la obtención de la Tarjeta.
Esto quiere decir que la resolución favorable de Extranjería cumple la misma función que la tarjeta, mientras conseguimos obtenerla.
A continuación, vamos a resolver las dudas más frecuentes que surgen entre los extranjeros residentes en España, referente a este tema:
- ¿Es motivo de despido el hecho de que no consiga la cita de huellas?. NO, el empresario o empleador puede darte de alta con la resolución favorable emitida por la Oficina de Extranjería.
- ¿Puedo seguir trabajando si tengo la resolución favorable de la autorización, de Modificación o la Renovación del Permiso?. Por supuesto que SÍ.
- ¿Puedo cobrar el paro o cobrar el ERTE si tengo la resolución favorable de la autorización, de Modificación o la Renovación de la autorización?. Claro que SÍ.
- ¿Puedo salir de España si tengo la resolución favorable de mi autorización de residencia?. Dependiendo de los casos será necesario tramitar una Autorización de regreso.
Si necesitas asesoramiento especializado sobre esta materia, o cualquier tema de Extranjería o Nacionalidad, puedes contactarnos. Enviándonos un mail a valeroextranjeria@gmail.com o a través de nuestro formulario de contacto.