Cuando se concede una autorización de residencia o estancia en España, el procedimiento no siempre termina con la resolución favorable. En muchos casos, el siguiente paso es, mediante el denominado trámite de huella en Extranjería.

La toma de huellas es un trámite presencial que permite iniciar la expedición de la tarjeta física en la que aparecerán, entre otros datos, la fotografía de su titular, su Número de Identidad de Extranjero (NIE) y el tipo de autorización que tiene reconocida.

Aunque puede parecer un procedimiento sencillo, acudir con un formulario incorrecto, elegir mal el concepto de la tasa o no aportar un documento necesario puede obligarte a solicitar una nueva cita.

En esta guía explicamos los requisitos, la documentación necesaria y los pasos que debes seguir para realizar correctamente el trámite de huellas y obtener tu TIE.

¿QUÉ ES EL TRÁMITE DE HUELLA EN EXTRANJERÍA?

El trámite de huella es el procedimiento presencial mediante el cual una persona extranjera solicita la expedición de su Tarjeta de Identidad de Extranjero tras haberle sido concedida su autorización de residencia o estancia.

Aunque habitualmente se habla de “poner las huellas en Extranjería”, la toma de impresiones dactilares y la expedición de la TIE son gestionadas por la Dirección General de la Policía y se realizan en las comisarías o dependencias policiales habilitadas.

La normativa establece que las personas extranjeras que dispongan de un visado o una autorización para permanecer en España durante más de seis meses tienen, con carácter general, el derecho y el deber de obtener la TIE. La solicitud debe realizarse personalmente.

Diferencia entre NIE y TIE

Es importante no confundir el NIE con la TIE.

NIE: Número de Identidad de Extranjero

El NIE es un número personal que identifica administrativamente a la persona extranjera en España. Puede aparecer en resoluciones, certificados, contratos, trámites tributarios y documentos administrativos.

TIE: Tarjeta de Identidad de Extranjero

La TIE es la tarjeta física que acredita la identidad de la persona extranjera y su situación legal en España.

Por tanto, una persona puede tener asignado un NIE sin disponer todavía de una TIE. La concesión de un NIE tampoco significa, por sí sola, que se tenga reconocida una autorización de residencia.

¿QUIÉN DEBE REALIZAR LA TOMA DE HUELLAS?

El trámite puede ser necesario, entre otros, en los siguientes supuestos:

  • Concesión inicial de una autorización de residencia.
  • Renovación de una autorización de residencia temporal.
  • Concesión o renovación de una estancia de larga duración por estudios.
  • Concesión de una residencia por circunstancias excepcionales.
  • Expedición de una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
  • Concesión de una residencia para familiares de personas con nacionalidad española.
  • Concesión o renovación de una residencia de larga duración.
  • Modificación de una autorización que implique la expedición de una nueva tarjeta.
  • Duplicado de una TIE por pérdida, robo, deterioro o inutilización.
  • Cambio de determinados datos que deban aparecer en la tarjeta.

La necesidad de expedir una nueva tarjeta dependerá del tipo de autorización y de lo indicado en la resolución administrativa.

¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA SOLICITAR LA TIE?

Como regla general, la TIE debe solicitarse personalmente dentro del plazo de un mes desde alguno de los siguientes momentos, dependiendo del procedimiento:

  • La entrada en España.
  • La concesión de la autorización.
  • La fecha en que la autorización adquiera vigencia.
  • El alta en la Seguridad Social, cuando la eficacia de la autorización esté condicionada a dicha alta.

El Reglamento de Extranjería establece esta obligación para las personas autorizadas a permanecer en España durante más de seis meses. Para saber desde qué fecha comienza a contar el plazo en un caso concreto es necesario revisar detenidamente la resolución favorable.

REQUISITOS PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE HUELLAS

Antes de solicitar o acudir a la cita, deben comprobarse los siguientes aspectos:

1.Tener una autorización favorable

Debe existir una resolución favorable, un visado o un título que permita la expedición de la correspondiente tarjeta. En las renovaciones, normalmente será necesario que la renovación se encuentre concedida o que el sistema policial permita ya la expedición de la nueva TIE.

2.Que la autorización esté vigente o haya adquirido eficacia

En determinados permisos de residencia y trabajo, la autorización puede estar condicionada al alta en la Seguridad Social. En estos casos, obtener una resolución favorable no siempre es suficiente para poner las huellas inmediatamente. Debe comprobarse si la autorización ya ha adquirido eficacia.

3.Solicitar cita previa cuando sea obligatoria

La disponibilidad y el sistema de cita pueden variar según la provincia y la oficina. En el portal oficial debe seleccionarse la provincia correspondiente y buscar un trámite con una denominación similar a:

“Policía – Toma de huellas (expedición de tarjeta) y renovación de tarjeta de larga duración”.

Es importante no seleccionar una cita para información, presentación de solicitudes, asignación de NIE, certificado de ciudadano de la Unión u otro procedimiento diferente. Obtener una cita para un trámite diferente que no sea el trámite de toma de huellas, probablemente produzca una negativa por parte de la Oficina a realizar el trámite, por lo que tendrás que obtener una cita nuevamente que sea correcta.

4.Comparecer personalmente

La persona interesada debe acudir presencialmente porque durante la cita se comprueba su identidad y se toman sus impresiones dactilares. La gestión de las tarjetas de residencia y trabajo se realiza presencialmente ante las oficinas o comisarías habilitadas.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA TOMA DE HUELLAS

La documentación concreta puede variar según el tipo de autorización, la provincia y las instrucciones de la dependencia policial. No obstante, habitualmente debe prepararse lo siguiente.

1. Justificante de la cita previa

Es recomendable llevar impreso o guardado en el teléfono el justificante de la cita. Debe comprobarse que el nombre, NIE, número de pasaporte, oficina, fecha y tipo de trámite sean correctos.

2. Formulario de solicitud

En la mayoría de los procedimientos de expedición o renovación de la TIE se utiliza el modelo EX-17, debidamente cumplimentado y firmado. La Policía Nacional identifica el formulario EX-17 como el modelo correspondiente a la tarjeta inicial o a la renovación de las autorizaciones de residencia, residencia y trabajo y estancia por estudios. No obstante, determinados procedimientos pueden utilizar otro modelo. 

3. Pasaporte o documento de viaje

Debe aportarse el pasaporte o título de viaje original, preferentemente válido y en vigor. Cuando el pasaporte esté caducado, no debe asumirse que la oficina aceptará automáticamente la documentación. Algunos procedimientos contemplan la posibilidad de aportar el pasaporte caducado junto con el justificante de haber solicitado su renovación, pero debe comprobarse si esta posibilidad resulta aplicable al caso concreto.

4. Resolución favorable

Aunque algunos sistemas policiales consultan electrónicamente la resolución, es aconsejable llevar una copia completa de la resolución favorable.También conviene revisar que los datos personales de la resolución coincidan con el pasaporte y que no existan errores en:

Nombre y apellidos.
Fecha de nacimiento.
Nacionalidad.
Número de NIE.
Tipo de autorización.
Duración del permiso.

5. Tasa modelo 790, código 012

Debe cumplimentarse la tasa modelo 790, código 012, seleccionando el concepto que corresponda al tipo de tarjeta. Entre los conceptos disponibles se encuentran la primera concesión de una residencia temporal, la renovación de una residencia, la residencia de larga duración, las tarjetas de familiares de ciudadanos de la Unión y otros supuestos específicos.

No todas las TIE tienen el mismo importe. La cantidad depende del tipo de autorización y puede actualizarse, por lo que debe consultarse siempre la tabla oficial vigente. Es necesario conservar y presentar el justificante de pago. La Policía Nacional indica que la tasa puede abonarse en las entidades financieras colaboradoras mediante la presentación del documento de ingreso.

6. Fotografía reciente

Debe aportarse una fotografía reciente:

En color.
Con fondo blanco.
En tamaño carné.
Con el rostro visible.
Sin elementos que dificulten la identificación.

La Policía Nacional incluye expresamente la fotografía reciente, en color, con fondo blanco y tamaño carné entre la documentación para la expedición de determinadas TIE.

Es recomendable llevar más de una fotografía por si fuera necesario sustituirla.

7. TIE anterior

En los procedimientos de renovación debe aportarse la tarjeta anterior, incluso cuando se encuentre caducada. Cuando se solicite un duplicado por robo o pérdida, debe llevarse la denuncia correspondiente y, si se dispone de ella, una copia de la tarjeta extraviada.

8. Certificado de empadronamiento

El certificado o volante de empadronamiento no se exige de manera idéntica en todos los procedimientos. Puede ser necesario, especialmente, cuando:

Se ha cambiado de domicilio.
El domicilio actual no coincide con el que figura en la tarjeta anterior.
La comisaría necesita comprobar que el solicitante reside en su ámbito territorial.
Así lo indican expresamente las instrucciones de la cita.

Cuando exista un cambio reciente de domicilio, es aconsejable llevar un certificado actualizado.

9. Acreditación del alta en la Seguridad Social

Cuando la eficacia de la autorización esté condicionada al alta en la Seguridad Social, puede ser necesario acreditar que dicha alta se ha producido. Debe revisarse la resolución para comprobar si contiene esta condición.

10. Documentación de menores de edad

Cuando la tarjeta corresponda a una persona menor de edad, deben revisarse las instrucciones específicas de la oficina. Es necesario aportar:

Pasaporte del menor.
Documentación del progenitor o representante.
Certificado de nacimiento.
Documento que acredite la representación, tutela o guarda.
Autorización del otro progenitor, cuando proceda.
Empadronamiento familiar.

La presencia del menor puede ser necesaria para la identificación y, cuando corresponda por su edad, para la captura de datos biométricos.

¿Cómo podemos ayudarte con la toma de huellas?

En Rocío Valero Abogados de Extranjería podemos revisar tu resolución y ayudarte a comprobar qué documentación debes preparar antes de acudir a la cita. Nuestro asesoramiento puede incluir:

Revisión de la resolución favorable.
Comprobación del tipo de TIE que corresponde.
Revisión del modelo aplicable.
Identificación del concepto correcto de la tasa.
Preparación de la documentación.
Revisión de incidencias relacionadas con el pasaporte, domicilio o alta en la Seguridad Social.
Asesoramiento sobre renovaciones, duplicados y autorizaciones de regreso.

Cada autorización puede tener particularidades diferentes. Una revisión previa puede ayudarte a detectar errores antes de acudir a la comisaría.

¿Has recibido una resolución favorable y no sabes cómo realizar el trámite de huellas?

Contacta con Rocío Valero Abogados de Extranjería para que podamos estudiar tu caso y revisar los pasos que debes seguir.

Si necesitas asesoramiento especializado sobre esta materia puedes contactarnos enviándonos un mail a valeroextranjeria@gmail.com, a través de nuestro formulario de contacto o puedes llamarnos a nuestro teléfono +34606208366. Somos abogados expertos en tramitación de Expedientes de Extranjería y Nacionalidad Española.