¿Te gustaría traer a tu familia a España para que puedan residir de forma legal contigo? Si es así, el proceso para conseguirlo es la reagrupación familiar. La reagrupación Familiar es una autorización que permite traer a determinados familiares para que puedan vivir de forma legal en el país. En este artículo te informamos sobre todo lo que necesitas saber para reagrupar a tus familiares paso a paso.

REAGRUPACIÓN FAMILIAR: REQUISITOS FAMILIARES

Te explicamos los requisitos más importantes que exige la legislación española para solicitar la reagrupación familiar.

1.RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑA DEL REAGRUPANTE.

El primer requisito es que la persona que solicita la reagrupación, reagrupante, ya resida legalmente en España. Por norma general, se exige:

  • Haber residido legalmente durante al menos un año.
  • Tener renovada la autorización para residir, como mínimo, otro año más.

Esto significa que normalmente no puede solicitarse con una residencia recién obtenida. En el caso de querer reagrupar a los ascendientes (padres y suegros) se requiere que el regrupante disponga de una tarjeta de larga duración o larga duración UE. Es decir, deberá haber residido un mínimo de 5 años en España.REAGRUPACIÓN FAMILIAR

2.MEDIOS ECONÓMICOS EN LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR.

La Oficina de Extranjería encargada de tramitar el expediente deReagrupación Familiar solicitado comprobará que el reagrupante puede mantener a su familia sin depender de ayudas públicas. Con carácter general se exigen las siguientes cuantías: 

  • El 150% del IPREM para la unidad familiar inicial. Ese sería el caso de traer a un único familiar, por ejemplo, a tu esposo o esposa.
  • Un 50% adicional del IPREM por cada familiar extra. 

Si entre los familiares que quieres reagrupar hay menores de edad, existe una excepción importante: la cuantía exigida puede rebajarse. En estos casos, bastará con que acredites una fuente de ingresos estable igual o superior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), aunque no llegues a alcanzar el 150%/50% del IPREM que hemos visto anteriormente. Además, también tendrás que aportar un contrato de trabajo que garantice la continuidad de la residencia de los familiares a los que vas a reagrupar junto con tus nóminas más recientes como prueba de la estabilidad de tus ingresos Si trabajas por cuenta propia (autónomo/a), además de tu última declaración de la renta (IRPF), es recomendable aportar también tu alta censal de actividad y, para reforzar la continuidad de tus ingresos, tus dos últimas declaraciones trimestrales de IVA. 

3.DISPONER DE VIVIENDA ADECUADA PARA LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Otro requisito imprescindible en el trámite de Reagrupación es demostrar que existe una vivienda apta para recibir a la familia. No basta con tener un domicilio; debe acreditarse que reúne condiciones adecuadas de habitabilidad, espacio y salubridad.

Para ello se solicita un informe de vivienda adecuada. Este documento lo emite normalmente el ayuntamiento o la comunidad autónoma correspondiente y certifica que la vivienda cumple con los requisitos mínimos exigidos. Este informe puede tardar varias semanas, por lo que conviene solicitarlo con antelación.

4.¿QUÉ FAMILIARES SE PUEDEN REAGRUPAR?

No todos los familiares pueden incluirse en este procedimiento. La ley establece de forma concreta quién puede beneficiarse de la reagrupación familiar.

  • Cónyuge o pareja de hecho

Es posible reagrupar al cónyuge o a la pareja registrada oficialmente. Eso sí, debe demostrarse que no existe fraude y que no hay convivencia simultánea con otra pareja.

Pueden reagruparse:

  • Hijos menores de 18 años
  • Hijos con discapacidad que no pueden valerse por sí mismos

También pueden incluirse hijos del cónyuge o pareja si se acredita adecuadamente la patria potestad o la custodia legal.

La reagrupación de padres es más compleja y suele requerir:

  1. Tener residencia de larga duración
  2. Justificar dependencia económica
  3. Acreditar razones humanitarias o necesidad real

5.DOCUMENTACIÓN EN LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Aunque cada caso puede variar, normalmente se solicita la siguiente documentación:

  • Pasaportes completos y en vigor.
  • Tarjeta de residencia del Reagrupante.
  • Certificado de familiaridad entre el reagrupante y el reagrupado.
  • Certificado de antecedentes penales en caso de que el reagrupado sea mayor de edad.
  • Informe de adecuación de vivienda, demostrando que la vivienda del reagrupado es apta y reúne condiciones mínimas para que el reagrupado pueda vivir de forma digna.
  • Demostrar la posesión de medios económicos suficientes para hacerse cargo del reagrupado cuando venga a España.
  • Seguro médico privado como extranjero o prueba de suscripción al sistema de seguridad social.

Si necesitas asesoramiento especializado sobre esta materia puedes contactarnos enviándonos un mail a valeroextranjeria@gmail.com, a través de nuestro formulario de contacto o puedes llamarnos a nuestro teléfono +34606208366. Somos abogados expertos en tramitación de Expedientes de Extranjería y Nacionalidad Española.