La Nacionalidad Española por residencia es uno de los métodos más usados para obtener dicho permiso.

Esta manera permite al extranjero que reside en España de forma legal y continuada solicitar y obtener esa nacionalidad.

¿A qué se refiere el hecho de residir en España de forma legal y continuada?

Para poder solicitarlo, el extranjero solicitante deber haber residido legalmente en España de forma continuada por 10 años.

Existen casos en los que ese tiempo se puede reducir:

  • 5 años: Personas con la condición de refugiado
  • 2 años: Personas con origen iberoamericano (Portugal, Andorra, Guinea Ecuatorial o Filipinas)
  • 1 año:
    • Nacidos en territorio Español
    • Personas que no hayan ejercitado su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción
    • Persona casad@ con un/a español/a durante 1 año
    • Viud@ de español/a
    • Persona tutelada o acogida por ciudadano o institución española durante 2 años consecutivos.
    • Personas nacidas fuera de España en la que su familia directa hubiera sido español.

Solicitud de la Nacionalidad Española

En primer lugar, todos las personas que deseen solicitar la nacionalidad española por residencia deberán superar 2 exámenes, presenciales y gestionadas por el Instituto Cervantes.

  1. Examen DELE (título que no caduda) – 134€: Confirma un grado de competencia y domicilio del español. Están exentos de esta prueba los nacionales de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
  2. Examen CCSE – 85€: Otorga un grado de conocimiento constitucional y sociocultural de España. Esta prueba es obligatoria para todos los interesados en solicitar la Nacionalidad Española por Residencia.

Existen excepciones para personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje, además de aquellas personas que dispongan de título de la E.S.O

Proceso de solicitud de la Nacionalidad Española por residencia

Para poder tramitar y presentar la solicitud de la Nacionalidad Española se podrá realizar por diferentes vías:

  • Registro Público (Registro Electrónico Común y el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia).
  • Correo postal
  • Telemáticamente
  • Sitios webs habilitados para la presentación electrónica.

El proceso más común es la presentación de la solicitud en un impreso oficial junto toda la documentación obligatoria en el registro público.

Posteriormente se debe acreditar y justificar un expediente de buena conducta cívica y un cierto grado de integración en la sociedad.

Eso no es todo, una vez conseguido el permiso se debe hacer la jura o promesa de la Nacionalidad Española, excepto menores de 14 años. En esta jura se debe hacer la elección de la vecindad civil.

Para terminar, se procederá a expedir la partida de nacimiento para la solicitud del DNI y pasaporte.

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