ARRAIGO SOCIOLABORAL REQUISITOS.

El arraigo sociolaboral es una autorización de residencia y trabajo que se regula en el Reglamento de extranjería que permite a determinados extranjeros en España su regularización. Pero, ¿conoces la lista de los requisitos que debes cumplir para poder solicitar este arraigo sociolaboral?. Te lo explicamos en este artículo.

ARRAIGO SOCIOLABORAL REQUISITOS

Los extranjeros que se dispongan a solicitar la autorización de residencia y trabajo a través de la figura del Arraigo Sociolaboral deben cumplir de forma acumulativa con los siguientes requisitos:

ARRAIGO SOCIOLABORAL.REQUISITOS

  1. Acreditar la estancia en España de forma continuada durante los últimos dos años previos a la solicitud de la Autorización. ¡Ojo! Cuando la persona extranjera haya sido solicitante de protección internacional, no será computable el tiempo de permanencia en España durante la tramitación de la solicitud de protección internacional hasta su resolución firme en sede administrativa, y, en su caso, judicial.
  2. Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de su solicitud, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
  3. Contar con una oferta laboral. Esta oferta laboral debe garantizar al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido en el convenio colectivo aplicable, en proporción a la jornada trabajada, la cual no puede ser inferior a 20 horas semanales en el cómputo global. 
  4. La oferta laboral puede ser realizada tanto por una empresa, como por un Autónomo o cualquier persona física. No obstante, en cualquiera de los casos la parte contratante debe acreditar que cuenta con medios económicos suficientes para hacer frente a esta oferta laboral, además de acreditar la carencia de deudas con Hacienda y Seguridad Social.
  5. No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
  6. Haber abonado la tasa por la tramitación del procedimiento.

ARRAIGO SOCIOLABORAL REQUISITO PRINCIPAL.

En el Arraigo sociolaboral requisitos específicos para solicitarlo, es la aportación de uno o varios contratos de trabajo que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable, en el momento de la solicitud, en proporción a la jornada trabajada, y cuya suma represente una jornada semanal no inferior a veinte horas en cómputo global. El contrato o suma de contratos debe:

  • Tener duración superior a 90 días.
  • Tener una jornada mínima de 20 horas semanales.
  • Garantizar al menos el SMI o salario de convenio proporcional.
  • Se permiten contratos fijos discontinuos o temporales concatenados.
  • No se admite actividad por cuenta propia para este tipo de arraigo.
  • Que el empleador se encuentre al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Que el empleador cuente con medios económicos, materiales o personales, suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.

Ya has podido comprobar que el arraigo sociolaboral requisitos, si cumples con todos estos requisitos, podrás solicitar esta autorización de residencia por arraigo sociolaboral la cual tendrá una duración de un año que te permitirá residir legalmente en España y trabajar por cuenta ajena durante un año. Pasado ese año, 60 días antes o 90 días después del vencimiento el ciudadano extranjero deberá solicitar la modificación de su residencia por arraigo sociolaboral a una residencia con una duración de 4 años.

Una vez presentada la solicitud de arraigo sociolaboral requisitos, la Oficina de Extranjería dispone de tres meses (90 días) para notificar la resolución. Este límite se recoge en la Disposición Adicional Séptima del nuevo Reglamento de Extranjería, común a todos los procedimientos de extranjería.

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