¿Sabías que si eres hijo de un español de origen tienes derecho a solicitar una autorización de residencia? Con esta autorización podrías residir en España de forma regular por el periodo de un año.

Por diferentes circunstancias, puede ocurrir, que una persona sea española de origen y sin embargo, sus hijos sean extranjeros y no tengan derecho a la nacionalidad española.

No obstante, y a pesar de no poder solicitar la nacionalidad española los hijos de españoles de origen si tienen derecho a residir en España. Estos descendientes de españoles, pueden solicitar una autorización de Residencia Temporal por Circunstancias Excepcionales. Esta autorización de residencia se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se encuentren en España y que sean hijos de un español de origen. 

Pero, ¿quiénes son españoles de origen?

  • Los nacidos de padre o madre española.
  • Los niños que hayan nacido en España, cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España.
  • Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
  • También son españoles de origen, los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad.
  • Son también españoles de origen, los menores de 18 años que sean adoptados por un español. 
  • Aquellos que recuperaron su nacionalidad española mediante la Ley 52/2007 (Memoria Histórica).

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