Residencia cónyuge del nuevo español. Si mi esposo o esposa adquiere la Nacionalidad española ¿Qué ocurre con mi Residencia en España?.Tenemos que saber, que cuando un extranjero adquiere la nacionalidad española no solo se derivan consecuencias en la esfera personal del nuevo ciudadano español. También sus familiares más cercanos se ven afectados por esta circunstancia.

Si tu cónyuge acaba de obtener la Nacionalidad española y necesitas asesoramiento sobre tu residencia, debes saber que aunque nuestra oficina se encuentre en Granada podemos encargarnos de tu expediente estés donde estés, ya que podemos realizar el trámite de forma telemática. ¡CONTÁCTANOS!

Desde el momento que un extranjero adquiere la nacionalidad española, sus familiares podrán obtener la residencia en España a través de diferentes vías establecidas en la legislación de Extranjeria española. Desde el momento que un extranjero adquiere la nacionalidad española, sus familiares podrán verse beneficiados con la obtención de una Autorización de Residencia en España válida durante cinco años que le permitirá residir y trabajar en España tanto por cuenta Ajena como por cuenta propia.

Hoy nos vamos a centrar en el supuesto de los cónyuges de aquellos extranjeros que adquieren la nacionalidad española. Cuando la Legislación de Extranjería se refiere al cónyuge de español es aquel sobre el que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal.

En estos casos, la esposa o el esposo del nuevo ciudadano español, podrá modificar su autorización de residencia general a una Autorización de Residencia y Trabajo por Circunstancias Excepcionales, Arraigo familiar.

Lo normal en estos casos es que el matrimonio haya sido celebrado en el extranjero antes de que el nuevo español adquiriera la Nacionalidad Español. Por ello, es necesario inscribir el matrimonio en el Registro Civil español para su reconocimiento en España.

Realizada la inscripción, el matrimonio extranjero tendrá  plenos efectos en nuestro país. Y  acreditará la existencia del vínculo para que el cónyuge extranjero pueda solicitar su residencia como cónyuge de español.

¿CÓMO TRAMITA LA RESIDENCIA CÓNYUGE DEL NUEVO ESPAÑOL?.

Una vez que el nuevo español tenga su pasaporte y su DNI español su cónyuge podrá solicitar la Autorización de Residencia en la correspondiente Oficina de Extranjería. Por lo tanto, para poder solicitar la Autorización de Residencia el cónyuge del nuevo español debe encontrarse en territorio español.

DOCUMENTACIÓN PARA LA RESIDENCIA CÓNYUGE DEL NUEVO ESPAÑOL:

La solicitud de esta Autorización de Residencia temporal debe ir acompañada de la siguiente documentación por parte del cónyuge del nuevo español:

  1. Copia del pasaporte en vigor y con al menos una validez de 4 meses.
  2. Certificado de antecedentes penales, emitido por las autoridades del país o países donde hubiera residido el interesado durante los 5 años anteriores a su solicitud.
  3. Justificante de abono de la correspondiente tasa.
  4. Documentación acreditativa del vínculo familiar, en este caso sería certificado de matrimonio.
  5. DNI del cónyuge español.

REQUISITOS PARA LA RESIDENCIA CÓNYUGE DEL NUEVO ESPAÑOL:

EL  cónyuge del nuevo español deberá cumplir los siguientes requisitos que a continuación detallamos para poder solicitar la Autorización de Residencia:

  • No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de nacionales de cualquiera de estos territorios.
  • No tener prohibida la entrada en España, o en cualquiera de los países donde hubiera residido con anterioridad, por haber cometido delitos tipificados como tales en el ordenamiento jurídico español.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España, impuesto en los casos de un regreso voluntario del extranjero a su país de origen.
  • No contar con antecedentes penales en España ni en ninguno de los países en los que el interesado hubiera residido durante los 5 años anteriores a su solicitud, por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.

Si necesitas asesoramiento especializado sobre esta materia puedes contactarnos enviándonos un mail a valeroextranjeria@gmail.com, a través de nuestro formulario de contacto o puedes llamarnos a nuestro teléfono +34606208366. Somos abogados expertos en tramitación de Expedientes de Extranjería y Nacionalidad Española.